Es conveniente que tengas en cuenta estas 6 recomendaciones antes de Comprar una casa.
SUGERENCIAS PARA NUESTROS ///API LOVERS
1. Referencia Catastral de la propiedad
2. Nota simple actualizada.
3. Certificado de Eficiencia Energética.
4. Certificado de la Comunidad.
5. Cédula de Habitabilidad.
6. IBI (Impuesto bienes Inmuebles)
1.-- La referencia catastral del inmueble es una serie de números y letras, en total 20 cuando te la faciliten puedes comprobar datos, como el año de construcción, elementos que lo componen, m2 construidos, planos, croquis del suelo, participación de % respecto al todo..etc..en la oficina del catastro online.
https://www.sedecatastro.gob.es/
2.— Si no te la facilitan puedes pedirla tú con los datos de la finca: Tomo, Libro, Folio y sobre todo el numero de la Finca. Otra forma es con el nombre del propietario y la dirección exacta de la casa. aquí podrás consultar bastantes datos: los m2 construidos, útiles, descripción de la casa, Propietarios ,y lo más importante , las cargas que gravan a la propiedad.
https://www.registradores.org/
3.— Es el certificado imprescindible para vender o alquilar un inmueble. El certificado energético informa sobre el consumo energético y sobre las emisiones de CO2 de un inmueble que se anuncia en venta o en alquiler. El certificado energético es obligatorio en España desde el 1 de junio de 2013 para poder alquilar o vender un inmueble o local. La obligación de mostrar el certificado energético está regulada en España por el Real Decreto 235/2013. La normativa de certificación energética procede de una Directiva Europea que ya han acatado todos los estados miembros
4.— Puedes preguntar por el administrador de la finca, y así, te informas de las posibles cargas de recibos de la comunidad del inmueble, aunque antes de la firma de la escritura el vendedor está obligado a presentar el certificado libre de cargas de gastos o derramas de la comunidad. (Al Notario no se le olvida).
5.-- La Cédula de Habitabilidad/Primera ocupación: la emite el ayuntamiento cuando se solicita por parte del promotor de la vivienda cuando tiene ya el documento de final de obra y otros documentos. Puedes solicitarlo antes de firmar la escritura y puede que te haga falta si decides solicitar algún documento al ayuntamiento o para contratar servicios como agua y luz.
6.— Es el Impuesto de Bienes Inmuebles, en ese recibo tenemos mucha información los profesionales inmobiliarios y te vamos a contar un “Top Secret:” (al menos desconocido para muchos Compradores/Vendedores: El titular al 01 de Enero del año en curso, es quien se hace cargo del importe de este recibo anual, compres cuando compres y vendas cuando vendas!!! ..¿Lo sabías?.... NECESITAS URGENTEMENTE UN ///API LOVER!!!
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